La mayoría de las novedades de la nueva ley hipotecaria, restringen los ingresos de las entidades al rebajar las comisiones, aumentar tramites o prohibir la venta vinculada con la hipoteca. Esto podría dificultar el acceso de los ciudadanos a la vivienda ya que las entidades tendrán menos incentivos para apostar por este negocio.
Novedades en la ley hipotecaria
Ahora los notarios y registradoras tienen más importancia en el proceso ya que serán los encargados de que el prestatario sepa perfectamente lo que esta contratando y en qué condiciones lo está haciendo. Una vez el cliente elija libremente en qué notario quiere firmar, se lo comunicará al banco y tendrá que comprobar que la entidad financiera le ha entregado toda la documentación y en el plazo adecuado.
Las comisiones de apertura no se prohíben, pero solo se devengará una vez y por toda la totalidad de los gastos de estudio, concesión de préstamos y tramitación.
Con el real decreto de ley aprobado por el Gobierno obliga a las entidades financieras a asumir los gastos de gestoría, notaría, impuestos de actos jurídicos, registro… excepto el de tasación.
Para que el cliente se pueda beneficiar de las caídas del Euríbor, se prohíben las clausulas suelo. No se podrá fijar un límite a la baja del tipo de interés y nunca podrá ser negativo.
Para garantizar la transparencia a la hora de firmar un contrato hipotecario con los bancos, ahora el cliente tendrá hasta 10 días para leer y revisar el contrato antes de firmarlo. Durante este tiempo la entidad financiera evaluará si dicho cliente puede hacer frente al pago.
Se amplía el plazo de impago hasta que el banco inicie el embargo, impidiendo los desahucios de personas vulnerables si no existe una solución habitacional previa. Ahora sube a 12 mensualidades o 3% del préstamo, frente a las tres cuotas actuales.
No se podrá vincular las hipotecas a la contratación de productos como los seguros de vida, de hogar, tarjetas de crédito… Sin embargo se introducen bonificaciones en los préstamos en función de los productos que se adquieran.
Las comisiones de amortización anticipada se reducen en las hipotecas a tipo fijo, 2% en los 10 primeros años y 1,5% después. En las hipotecas a tipo variable el cliente tendrá que elegir el tipo de amortización a 3 o 5 años, con comisiones del 0,25% o del 0,15% respectivamente.
Con la nueva regulación el cliente podrá subrogar sin costes y libremente su hipoteca, estableciendo un mecanismo de compensación entre las dos entidades, basado en los intereses cobrados y los pendientes de cobro. Para las novaciones si el cliente no está conforme con las condiciones que firmó, podrá cambiarlas sin que la entidad le cobre ninguna comisión.
Es lógico que si se van a aumentar los gastos, restringir la venta vinculada y endurecer las condiciones de ejecución, subirá el precio de las operaciones. Aunque con tanta competencia en el sector es posible se limite el aumento.
En general la nueva ley da más seguridad y protección al consumidor, aunque tiene algunos puntos flacos, por ejemplo que se mantengan las comisiones de apertura y que se permitan los productos vinculados siempre que beneficien al usuario.
Según algunos expertos el problema de esta ley es que llega muy tarde. Durante los últimos 3 años la realidad económica, social y jurídica de la vivienda en España ha cambiado mucho. Por ejemplo ahora el grave problema de los desalojos de familias es causado por el impago de los alquileres.